Diputadas y diputados de la 65 Legislatura dieron lectura este jueves en Sesión Ordinaria a dos iniciativas, una de las cuales contempla sanciones tanto en multas como de prisión para quienes ejerzan violencia política contra las mujeres en razón de género.
Las iniciativas leídas son las siguientes:
*Iniciativa de la diputada María Teresa Guerra Ochoa, coordinadora del Grupo Parlamentario de Morena, que propone reformas y adiciones al Código Penal y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de Delito de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.
Tiene como objeto tipificar penalmente como delito la violencia política contra las mujeres en razón de género, y armonizar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con la legislación federal, incorporando su definición como una modalidad que se da en el ámbito público o privado, orientada a limitar o anular los derechos político-electorales de las mujeres.
Asimismo, se prevé un catálogo detallado de conductas constitutivas del delito y se consideran agravantes específicas que aumentan las sanciones conforme a las circunstancias particulares del hecho, fortaleciendo así la protección integral de los derechos políticos de las mujeres y garantizando su participación libre y plena en la vida pública.
De igual manera se incorpora como modalidad delictiva la violencia política contra la mujer ejercida a través de medios digitales.
También se propone sancionar la difamación, calumnia, injuria, campañas de suplantación de identidad, difusión de imágenes o audios manipulados, edición o alteración de información, así como la creación de cuentas falsas en redes sociales, cuando tengan por objeto desacreditar, denigrar o menoscabar los derechos políticos o electorales de las mujeres.
Las sanciones que se contemplan para las diversas conductas van de 50 a 300 días multa y cárcel de dos a cuatro años.
*Iniciativa del Grupo Parlamentario del PAS y las ciudadanas Rosa Emma Contreras Villapudúa y Paula Liliana Díaz Quiñónez, que propone reforma y adiciones a la Ley de la Auditoría Superior y a la Ley Orgánica del Congreso del Estado, en materia de no reelección de titulares de la Unidad Técnica de Evaluación, así como el Órgano Interno de Control de Congreso.
En la Ley de la Auditoría Superior se reforma el último párrafo del artículo 30 Bis B para incorporar la frase “sin posibilidades de reelección” para el caso de la persona titular la UTE, cuyo período es de cuatro años.
En lo que se refiere a la persona titular del Órgano Interno de Control del Congreso también se incorpora la palabra “no” para señalar que no podrá haber reelección de la misma.
Adicionalmente se establece un artículo Bis E, que “en el caso de la designación de un titular del Órgano ínterno de Control, la duración del encargo no podrá ser mayor de lo que dura la Legislatura en funciones que lo designó, y no podrá ser reelecto”.