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    Inicio»EL ESTADO»Logra Rector suspensión en cuanto a la Vinculación a Proceso del 14 de septiembre; mientras no se resuelva el amparo no podrá ser juzgado
    EL ESTADO

    Logra Rector suspensión en cuanto a la Vinculación a Proceso del 14 de septiembre; mientras no se resuelva el amparo no podrá ser juzgado

    RedacciónPor Redacción16/10/20233 Minutos de lectura
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    El Juzgado Tercero de Distrito, con sede en la capital sinaloense, concedió suspensión al amparo presentado por la defensa del Rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS), doctor Jesús Madueña Molina, en contra del auto de vinculación a proceso que se dio el pasado 14 de septiembre en su contra, imputado junto con el Comité de Adquisiciones de la Casa Rosalina, informó el abogado Milton Ayala Vega.

    En dicha audiencia, la vinculación se dio aun cuando se demostró que en la Ley no existe la licitación para adquirir los bienes objeto de investigación por tratarse de alimentos perecederos, además de otras pruebas como fue la cancelación de 703 facturas, que las compras hechas no excedían el monto para realizar licitación pública, entre otras pruebas.

    La defensa de los funcionarios universitarios argumentó que los imputados no son servidores públicos, que la UAS no es un organismo paraestatal y que por su autonomía se rige bajo otras normas, que los recursos que recibe la Universidad de Gobierno del Estado son de procedencia federal, que no se compraron tortillas con un costo de 60 pesos el kilo, entre otros aspectos que demostraban que no se tenían los datos de prueba suficiente para vinculación.

    Milton Ayala señaló que esto confirma que la Fiscalía General del Estado, en esa audiencia de imputación, abusó del poder conferido por el Estado para investigar hechos con apariencia de delitos, y se dice que abusó porque, en primer lugar, los recursos involucrados son federales y la normatividad que debería de aplicar en los procedimientos de adquisición de esos bienes es la Ley de Adquisición y Arrendamiento del Sector Público Federal y no la Estatal.

    En ese sentido, al no ser competente, es claro que el órgano procurador de justicia abusó, aunado a que el Rector ni siquiera participó en esos hechos, no se configuran dichas imputaciones porque el tema de la Fiscalía fue que, en esas adquisiciones se había rebasado en demasía el monto para licitaciones.

    “Lo que no sucedió porque, como quedó demostrado en la audiencia del 13 y 14 de septiembre, en el periodo del Rector ni siquiera esos montos fueron superados, lo que va a ser resuelto por un juez federal y creemos que tenemos la razón en el amparo que se promovió y que fue radicado en el Juzgado Tercero de Distrito con sede en Culiacán, Sinaloa”, indicó.

    Con ello, el juez penal Adán Alberto Salazar no podrá dictar el auto de apertura a juicio hasta en tanto no se resuelva en definitiva el juicio de amparo. Esto tendrá que ocurrir en una audiencia constitucional en la que se va a resolver en definitiva ese amparo y ahí es donde el Juez de Distrito establecerá si la UAS tiene la razón de manera provisional o la tiene el Juez Penal que le dictó el auto de vinculación.

    Cabe recordar que el pasado 22 de septiembre, el mismo Madueña Molina logró la suspensión definitiva en relación a la vinculación a proceso que se dio el 21 de agosto en contra del líder universitario, por el presunto delito de abuso de autoridad. Fue el Juzgado Primero de Distrito, con sede en Culiacán, quien otorgó la suspensión definitiva en contra de ese auto de vinculación.

    Carrusel UAS
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